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PERÚ SINDICAL

EDWARD CASAS, ¡LIBERTAD!

EDWARD CASAS, ¡LIBERTAD!

César Lévano
Director Diario La Primera: 11.02.10

La prisión del suboficial de la PNP Edward Casas, secretario de la base Lima del Sindicato Único de la Policía Nacional, constituye un abuso de imprevisibles consecuencias.

Claro está que la medida contra Casas ha sido dictada desde Palacio. Esa es la única explicación que cabe cuando se conoce que el suboficial, que se había puesto a derecho, fue internado primero en la Dirección Regional de Operaciones Especiales (Diroes) de Ate Vitarte.

Sin embargo, dos horas después, lo trasladaron a un calabozo de la Escuela de Suboficiales de la PNP en Puente Piedra.

¿Por qué?

Sin duda porque en la Diroes hay una mansión de lujo para el ex dictador asesino y ladrón Alberto Fujimori. El fujimorismo, aliado del Apra, debe de haber protestado contra una incómoda compañía, que se iba a enterar de los privilegios de que goza Fujimori y del incesante flujo de visitas que recibe día y noche.

Otra huella gubernamental se descubre en las mentiras que la prensa sometida esgrime contra Casas: que quería asilarse en la embajada de Venezuela y que tiene aspiraciones electorales.

(No sería una mala candidatura, después de su demostración de valentía en la lucha por los derechos de los policías y de la prisión que sufre.)

Se pone en tela de juicio la conducta de Casas, al participar en la protesta policial del pasado viernes y convocar al paro del próximo 5 de abril. Se invoca para esto la Constitución del Perú.

La verdad es que la Carta contiene dos disposiciones que resultan contradictorias entre sí.

El Artículo segundo establece, en su inciso 13, que toda persona tiene derecho “a asociarse y a constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley. No pueden ser disueltas por resolución administrativa”.

Lo cual quiere decir que los policías, como cualquier otra persona, pueden formar un sindicato, como lo han hecho policías de muchos países. De esta facultad se desprende el derecho a adoptar medidas de lucha y de apoyarlas.

Por otra parte, cierto es, el inciso vigésimo del mismo Artículo expresa que: “Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional sólo pueden ejercer individualmente el derecho de petición”.

Este inciso choca con el anterior. Es una confirmación de que en la Constitución fujimorista hay Artículos que son anticonstitucionales. Si no me equivoco, esto ha sido señalado más de una vez por Javier Valle Riestra.

En todo caso, la actitud represiva contra Casas y sus compañeros no hace más que echar sal en la herida. El régimen debería tener presente que los reclamos de militares y policías son justos y que tiene la obligación de prevenir y resolver conflictos y garantizar la seguridad ciudadana.

Un paso conciliador sería la libertad de Casas.

 

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